La celebración de reuniones en lugares de tránsito público y de manifestaciones deberán ser comunicadas por escrito a la autoridad gubernativa correspondiente:
Ejemplo de pregunta
Respuestas
Con una antelación de 48 horas.
Con una antelación mínima de 10 días naturales.
Con una antelación mínima de 5 días naturales.
No es necesaria tal comunicación.
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