“la situación en que se produce un comportamiento relacionado con el sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de la persona y crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo”, según la ley 8/2011 de 23 de marzo, de igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en extremadura recibe el nombre de: