De acuerdo con la ley 2/2007, de 7 de marzo, del estatuto jurídico del personal estatutario del servicio de salud de castilla y león, el personal estatutario afectado por un procedimiento de reasignación de efectivos adoptado en un plan de ordenación de recursos humanos y que no haya obtenido destino en centro o institución sanitaria, pasará a la situación de: