Según lo establecido en el titulo viii de la constitución española de 1978, las comunidades autónomas no podrán asumir competencias en las siguientes materias:
Ejemplo de pregunta
Respuestas
Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda
La artesanía
Los proyectos, construcción y explotación de los aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos de interés de la Comunidad Autónoma, las aguas minerales y termales
Régimen aduanero y arancelario
Hacer un examen de Celadores Sanitarios Sanidad
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